Finalmente, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe no hizo lugar el recurso de queja presentado por el presidente comunal de Melincué, Gabriel Rébora, en consonancia con el rechazo del recurso de inconstitucionalidad de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Venado Tuerto, que ratificó el fallo del juez de primera instancia. Dicho fallo, condenó al mandatario “como autor penalmente responsable del delito de incumplimiento de deberes de funcionario público”, ordenándole “pagar una multa de 10 mil pesos y la inhabilitación para ejercer el cargo por el término de cinco meses”.
Rébora, quien actualmente ejerce el cargo, fue procesado en mayo de 2014 por incumplimiento de los deberes de funcionario público en el marco de una causa que se había iniciado en julio de 2012 por el prostíbulo Escorpio, que funcionaba en las afueras de la localidad y que, según el fiscal de aquel momento, Jorge Pozzi, no tendría que haber tenido habilitación, luego de que el jefe comunal fuera dos veces advertido por el juez penal Leandro Martín para que inspeccionara el local y viera si cumplía con el rubro habilitado.
De esta manera, a días de las elecciones, quien busca renovar mandato por el Frente Justicialista puede seguir sosteniendo su candidatura, ya que tras ser notificado de la resolución dispone de 10 días para apelar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo que permite que la pena continúe en suspenso hasta que quede firme la sentencia.