Leonel Marmiroli, director del ENRESS, anunció que las perforaciones para consumo de agua domiciliarios están permitidas, pero que deben contar con la autorización de los prestadores de servicio sanitarios de cada localidad. Explicó que existe una legislación vigente desde la década del 90 -cuando se había privatizado el servicio- y que restringía esta posibilidad. Pero que en el artículo 58 habla de que, “para realizar una perforación para consumo de agua, en el caso de que existiera un prestador, hay que pedirle autorización, y es el prestador el que tiene que habilitar esta perforación para agua de consumo domiciliario”.
Agregó que “la ley también prevé que el prestador haga una serie de evaluaciones para dar o no esta autorización y que esta perforación no genera algún problema con la actual prestación del servicio, que no genere un problema para el medio ambiente, que no genere un problema con el recurso hídrico y que no exista un riesgo para la salud”.
“Obviamente que el peligro puede ser dependiendo de la zona donde se encuentre la perforación que realiza, que no sea igual a la calidad de agua que en este caso entrega el prestador. El Enress obviamente que controla tanto la zona regulada por ASSA, como los otros 400 prestadores que hay en la provincia. Se inspecciona la calidad del agua de manera periódica”, concluyó Marmiroli.